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El Municipio pone claridad sobre el cobro de SADAIC y fortalece su acompañamiento a los vecinos

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En respuesta a múltiples consultas recibidas por vecinos y organizadores de eventos sociales, la Dirección General de Defensa de los Consumidores y Usuarios del Gobierno de Junín brindó detalles sobre el alcance del decreto 765/2024, que regula el cobro del impuesto de SADAIC en distintos tipos de celebraciones. Esta normativa, vigente desde agosto del año pasado, establece con claridad cuándo corresponde y cuándo no debe abonarse dicho impuesto, especialmente en eventos de carácter privado.

Con el objetivo de acompañar y asesorar a los ciudadanos frente a situaciones que generan dudas o intimaciones indebidas, desde el área se recordó que quienes necesiten mayor información pueden acercarse a la oficina ubicada en Hipólito Irigoyen 63, de lunes a viernes de 8.30 a 13.30, o bien comunicarse a través del correo defensaalconsumidor@junin.gob.ar. La intención principal del Municipio es despejar inquietudes, orientar a los vecinos y garantizar que se cumpla lo que establece la reglamentación vigente.

Respecto de esto, Alejandra Tomasone, titular de la Dirección General de Defensa de los Consumidores y Usuarios del Municipio explicó: “La idea es informar con claridad sobre lo que establece el decreto 765/2024, el cual está vigente y, en su aplicación, establece que en la realización de eventos privados como casamientos, cumpleaños de 15 o fiestas de egresados, no corresponde abonar el impuesto de SADAIC, esto debe ser tenido en cuenta tanto por consumidores como por instituciones, organizadores y responsables de salones, ya que muchas veces se generan confusiones e incluso intimaciones que no tienen sustento legal”.

Al mismo tiempo también explicó que “el decreto diferencia claramente la ejecución pública de música, entendida como aquella destinada al público general, de la ejecución privada en espacios particulares o contratados para ocasiones específicas, es decir, en lugares como hoteles, salones de fiestas o establecimientos gastronómicos donde se realiza una celebración privada, no debe pagarse este impuesto, el decreto está vigente, no hay ninguna medida cautelar que suspenda su aplicación, y eso es lo que tiene que quedar claro, que los vecinos no deben abonar absolutamente ninguna tarifa, a nadie, ni a un cobrador, ni a un sindicato, ni a ninguna asociación”.

“Aunque esto excede el ámbito estrictamente vinculado a relaciones de consumo, sugerimos que quien se vea afectado consulte a la Defensoría del Pueblo o a un abogado particular, allí podrá evaluarse si corresponde iniciar una acción por cobro indebido o bien dejar en suspenso la intimación, ya que no se puede disponer de una clausura ni del cierre del evento por este motivo”, aclaró en cuanto al accionar ante una eventual intimación por parte de representantes de SADAIC durante un evento.

Seguidamente, la titular del área indicó: “Hacia fines del año pasado, durante la temporada de fiestas de egresados, se incrementaron las consultas por este tema, tuvimos inquietudes de organizadoras de eventos, responsables de salones y consumidores, también nos reunimos con instituciones como el Sindicato de Empleados de Comercio, que administra un salón de eventos, para acordar criterios comunes y garantizar que no se exija el pago de un impuesto que no corresponde”.

“Creíamos necesario y de suma importancia aclarar esto e informar, desde el Municipio buscamos que todos los vecinos estén al tanto de sus derechos y sepan cómo actuar en estos casos, que estén informados, brindar herramientas para que hagan cumplir sus derechos, es una manera también de reafirmar nuestro compromiso con la transparencia, la información clara y la defensa de los derechos de los ciudadanos, trabajamos para brindar respuestas concretas, acompañar a quienes enfrentan situaciones irregulares y garantizar el acceso equitativo a la normativa vigente, en un marco de respeto institucional y cercanía con la comunidad”, declaró Tomasone haciendo hincapié en la labor que se lleva adelante desde OMIC.

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