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Franja Verde

Se encuentra vigente, las ordenanza municipal N°6425/13, “Franja Verde” y su modificatoria (orfenanza N° 7753/20). La misma se implementa en la superficie protegida que requiere un tratamiento especial y cuya dimensión se establece de la zona urbanizada hasta 500 metros, desde los establecimientos educativos hasta 300 metros y para los espejos y cursos de agua a partir de los 25 metros hasta los 500 metros. Dentro de la Franja Verde, sólo se podrán pulverizar productos fitosanitarios Clase IV ó Banda Verde, quedando prohibidos los Clase I, II y III ó Banda Roja, Banda Amarilla y Banda Azul respectivamente, con equipos terrestres inscriptos en la provincia y en el municipio.
El aplicador del fitosanitario deberá acceder a la pagina web municipal (www.junin.gob.ar), ingresar en el link: aplicación de agroquímicos, introduciendo el Nº de registro provincial correspondiente (del aplicador) y una carga genérica, luego podrá cargar los datos obligatorios solicitados: fecha de aplicación, Nº de receta agronómica (autorizada por profesional matriculado y de uso ineludible) e identificación de parcela. De esta manera obtendrá el permiso para realizar dicha aplicación. La autoridad de aplicación es el municipio a través de la Secretaría de Desarrollo Económico, verificando los registros de aplicación on line, realizando inspecciones e interviniendo con el cobro de multas cuando la situación lo amerite.

Información Importante


Consultas: Tel fijo: 4633636
Particular Oficina: 236 4629008
  • · Lugar : España 37
  • · Horario : Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00 hs.

Requisitos para Inscripción

Habilitación provincial Pulverizadores

Carnet Habilitante Operarios

Aplicadores Autorizados

Ordenanza 6425/13

Ordenanza 7753/20 (Modificaciones)

Mapas Franja Verde

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CONTACTO

Subsecretaría de Producción

  • España 37 - Junín (B)
  • produccion@junin.gob.ar
  • Jorgelina Meccia